Sentencia Favorable a Robinjud

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dictado el pasado día 21 de diciembre de 2016, Sentencia dándonos la razón al equipo de Somos RobinJud. Y como bien resume la propia Sentencia, se solicitaba del Tribunal dilucidar si el art. 6 apartado 1 de la Directiva 93/13 –EDL 1993/15910- debería interpretarse en el sentido de que se opone a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ha considerado procedente limitar en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración judicial del carácter abusivo de la conocida como “Cláusula Suelo”, incluida en contratos celebrados con un consumidor por un profesional, circunscribiendo tales efectos restitutorios, exclusivamente a las cantidades pagadas indebidamente en la aplicación de tal cláusula con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la que se declaró el mencionado carácter abusivo, dándonos de nuevo la razón al equipo Somos RobinJud.

Y lo que ha resuelto el Tribunal –bien conocido a través de los medios de comunicación- es que, en efecto, no cabe limitar en el tiempo los efectos restitutorios vinculados a la declaración del carácter abusivo de las cláusulas suelo.

Tal decisión abrió toda una serie de cuestiones que habrán de ir resolviéndose, como por ejemplo: ¿Se podrán plantear acción para declarar la nulidad por abusividad de cláusulas suelo en contratos ya conclusos, con hipotecas pagadas y registralmente canceladas para obtener el reintegro de lo indebidamente cobrado caso de considerarse que las cláusulas suelo que contuvieran fueran abusivas?.

Si, cabe afirmar, que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada el pasado día 21 de diciembre de 2016, reconociendo el carácter retroactivo que la nulidad de las cláusulas suelo por ser abusivas en el marco de los contratos de crédito celebrados con consumidores tiene en lo que hace a las consecuencias restitutorias, avala que las cláusulas nulas lo sean desde que fueron incorporadas a los contratos bancarios y el paso del tiempo no puede sanarlas.

Primando el derecho a la tutela judicial efectiva, por encima del principio de seguridad jurídica. Les dejamos una Sentencia, en la parte de Casos Reales de nuestra web, ganada con costas e intereses, por Somos RobinJud en el Juzgado Especializado en Cláusulas Abusiva de Albacete.

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